La triste situación de pandemia mundial que vivimos actualmente ha dado lugar a muchos cambios vitales y también legislativos. Los millones de fallecidos habidos en España (como en el resto del mundo) han dado lugar a una avalancha de testamentos, a muchos de los cuales nos enfrentamos cada día los peritos calígrafos. Y es que la situación es muy lamentable, sobre todo porque, amparados en las novedades legislativas en materia testamentaria a causa de la pandemia, se están cometiendo auténticos abusos, en infinidad de casos, por parte de los herederos beneficiarios.

El testador desamparado por nueva legislación

Personalmente creo que no puede haber nada más ruin que tratar de manipular, coaccionar, engañar o estafar a una persona que está en el límite de su vida, al borde de la muerte, en estado de inconsciencia, incapacidad cognitiva y volitiva o incluso estado preagónico, sólo con la intención de virar sus últimas voluntades en beneficio propio o de un tercero que, en un inicio, no constaba en las mismas.

Muy tristemente he tenido que enfrentar varias periciales caligráficas de este tipo, tanto de testamentos abiertos como ológrafos, en los últimos meses: hijos que presionan al padre moribundo para cambiar su testamento; herederos que guían la mano del enfermo inconsciente para que firme sus declaraciones testamentarias; nietos que cuestionan la autoría de un sincero y vehemente testamento manuscrito sólo porque beneficia más a un cuidador que a la familia. En estos casos, al perito calígrafo se le pide, o bien determinar la autenticidad de la autoría del testamento o bien, cada vez con más frecuencia, determinar si el testador estaba en su sano juicio cuando redactó su última voluntad. Y son muchísimas las pericias sobre testamentos que nos están solicitando actualmente, en su mayor parte sobre testamentos realizados bajo el paraguas de la nueva legislación que, por desgracia, está generando un desamparo, a veces absoluto, para el testador.

El testamento abierto en caso de epidemia

Con la declaración del estado de Pandemia mundial, declarado por la OMS el 11 de marzo de 2020, entró en vigor en España, el mismo día de su publicación (BOE 14 de marzo) el RD 463/2020 de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria motivada por la Covid-19. Dicho Real Decreto ha dado lugar a la aparición, en nuestro Código Civil, de dos nuevas figuras testamentarias: Testamento en caso de epidemia (Art. 701 CC) y Testamento en caso de peligro inminente de muerte (Art. 700 CC).

Dadas las circunstancias de confinamiento y restricciones a la movilidad ocasionadas por la pandemia, se reduce o incluso anula la primordial y esencial presencia de la figura del notario, en el momento del otorgamiento de estos testamentos especiales.

El art. 701 del Código Civil regula así el testamento en caso de epidemia: “En caso de epidemia puede igualmente otorgarse el testamento sin intervención de Notario ante tres testigos mayores de dieciséis años”

Los requisitos que establece el Código civil para el testamento en caso de epidemia, son los siguientes:

1º. “Se escribirá el testamento, siendo posible; no siéndolo, el testamento valdrá aunque los testigos no sepan escribir”  (Art. 702 CC)

2º. “Que se realice en presencia de tres testigos mayores de dieciséis años”. (Art. 701 CC)

3º. “Los testamentos otorgados sin autorización del Notario serán ineficaces si no se elevan a escritura pública y se protocolizan en la forma prevenida en la legislación notarial” (Art. 703 CC)

5º. “Será nulo el testamento en cuyo otorgamiento no se hayan observado las formalidades respectivamente establecidas en este Capítulo”. (Art. 687 CC)

Testamento ológrafo. Perito calígrafo

Incapacidad para otorgar testamento

El Art.663 del Código Civil establece las condiciones sobre la incapacidad para otorgar testamento, excluyendo expresamente, en su apartado 2, a las personas que no se encuentren en su cabal juicio en el momento de otorgar el testamento:

“Están incapacitados para testar:

(…) 2º El que habitual o accidentalmente no se hallare en su cabal juicio

“Para apreciar la capacidad del testador se atenderá únicamente al estado en que se halle al tiempo de otorgar el testamento” (Art.666 CC)

Antes de marzo de 2020, la sanidad de juicio la determinaba el notario presente en la escritura y firma del testamento, pero ¿qué está ocurriendo después de esa fecha?

La sanidad de juicio del testador en manos de los testigos

Si la figura del notario está ausente, en estos casos excepcionales, ¿quién valora la sanidad de juicio del testador? He aquí lo preocupante en estos casos. El notario no está presente. El dador de fe, esa figura objetiva e imparcial imprescindible se encuentra, en estos casos, fuera de juego mientras que la legislación actual da alas a posibles testigos interesados para beneficiarse de la situación

Así es como establece el art. 685 CC, el libre albedrío de los testigos presentes en el otorgamiento del testamento para estimar  la capacidad y el sano juicio del testador:

“El Notario deberá conocer al testador y si no lo conociese se identificará su persona con dos testigos que le conozcan y sean conocidos del mismo Notario, o mediante la utilización de documentos expedidos por las autoridades públicas cuyo objeto sea identificar a las personas. También deberá el Notario asegurarse de que, a su juicio, tiene el testador la capacidad legal necesaria para testar

En los casos de los artículos 700 y 701, “los testigos tendrán obligación de conocer al testador y procurarán asegurarse de su capacidad” (Art. 685 CC)

Conclusión: una triste realidad

Está claro lo que puede pasar y, de hecho, está pasando, ¿no? Puede pasar que los testigos sean parte interesada, amigos de ese heredero sin escrúpulos que presiona a su padre moribundo para que cambie el testamento a su favor. Y esto se está viviendo ¡y mucho!, desde hace meses, con los legisladores mirando hacia otro lado y los peritos enfrentándonos cada día a casos indignantes, mientras nos esforzamos por hacer justicia a ese pobre testador que se fue de esta vida acosado, coaccionado y estafado por los de su propia sangre.

Sandra Cerro – Grafóloga y Perito calígrafo

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El testamento en tiempos de epidemia: una triste realidad
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La nueva legislación sobre los testamentos en tiempos de epidemia deja desamparado al testador.
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Centro de Grafología Sandra Cerro